En una audiencia desarrollada el pasado lunes, la Fiscalía solicitó la pena de 10 años de prisión y declaración de reincidencia para Garay, como agravantes tuvo en cuenta los antecedentes de condena, que en dos hechos hubo violencia física sobre las víctimas, las conductas reiterativas y continuas de cometer hechos ilícitos, atenuantes no encontró.
La Defensa, solicitó se aplique el mínimo de la pena y pidió al tribunal que tenga en cuenta las condiciones personales del acusado, su situación familiar, etc.
Cristian Federico Garay fue declarado autor penalmente responsable del delito de robo calificado por el uso de un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha sido acreditada (tres hechos ) y robo calificado por el uso de un arma de utilería en grado de tentativa, en concurso real, este lunes el Tribunal lo condenó a la pena de seis años de prisión con expresa declaración de reincidencia.
El Tribunal lo integraron las Dras. Daniela Estrada y Virna Eguinoa y Sebastián Cadelago Filippi. Como Secretario del Colegio de Jueces intervino el Dr. José Domínguez Molto. De Fiscalía de Juicio intervino el Dr. Maximiliano Bazla -Fiscal de Juicio- y la Dra. Nadia Segura -Secretaria-. Como Defensores del acusado, la Dra. Silvana Zunini y el procurador Adolfo Cafieri.
ARTÍCULO 184.- REALIZACIÓN EN DOS FASES. La realización del juicio será dividida en DOS (2) partes. En la primera se tratará todo lo relativo a la existencia del hecho, la participación criminal, su calificación legal y si la persona juzgada es culpable o inocente.- Cuando haya veredicto de culpabilidad, en una segunda fase, las partes podrán solicitar al Juez o al Tribunal un plazo máximo de CUARENTA Y OCHO (48) horas, luego del veredicto, para valorar las pruebas a fin de fijar la pena y su modalidad de cumplimiento, fijándose una audiencia a tales efectos.-
Fuente: Prensa Judicial Villa Mercedes – Periódico Judicial de la Provincia de San Luis.
