VILLA DE PRAGA: Condenaron a un hombre y a sus dos hijos por los delítos de abigeato y amenazas con arma blanca

VILLA DE PRAGA: Condenaron a un hombre y a sus dos hijos por los delítos de abigeato y amenazas con arma blanca

Este miércoles, en la Cámara de Apelaciones de la Tercera Circunscripción Judicial, se llevó a cabo un juicio abreviado en el marco de dos causas: una por abigeato, y otra por lesiones calificadas por el uso de arma blanca, cuyos hechos ocurrieron en el año 2020 en la localidad de Villa de Praga, Departamento San Martín.

 

Nota aclarativa: en virtud de que las personas condenadas recibieron el beneficio de la prisión en suspenso, que implicó el reconocimiento de su autoría en el hecho, mostrar arrepentimiento por su accionar delictivo y comprometerse a cumplir determinadas normas de conducta; no se consignan sus datos identificatorios a fin de no entorpecer su proceso de resocialización. Esto es: ejercer una profesión u oficio, finalizar sus estudios, realizar tareas comunitarias y/o toda otra regla que imponga la autoridad judicial competente para el mantenimiento de la libertad condicional.

 

Los acusados son dos hermanos (D.I.L. y M.A.L., de 29 y 24 años, respectivamente); y su padre (A.V.L., de 54 años).

El hermano mayor, fue condenado como autor de ambos ilícitos; mientras que el hermano menor y su padre, recibieron condena por el delito de abigeato.

El primer hecho tuvo lugar en marzo de 2020. A.V.L. junto a sus dos hijos hurtaron ganado del campo de un vecino de apellido Frías, ubicado en el paraje El Paraíso, en la zona rural de Villa de Praga. El dueño de la propiedad denunció el faltante de dos vacas con sus crías, que fueron encontradas en el campo de A.V.L.

El segundo hecho ocurrió en septiembre de ese año, cuando D.I.L. atacó con un cuchillo al yerno de Frías, un policía que presta servicios en la localidad de Las Lagunas. El agresor amenazó de muerte al efectivo, y dijo que también mataría a su suegro y a todo el personal policial que intervino en la causa por abigeato.

En la audiencia desarrollada este 15 de noviembre, el abogado defensor, Esteban Bustos Bridarolli, solicitó la acumulación subjetiva de las causas a fin de facilitar el ejercicio de la defensa y evitar el retardo procesal.

La magistrada sorteada para llevar a cabo el debate, fue la Dra. María Claudia Uccello quien, en virtud de los argumentos invocados, resolvió hacer lugar al pedido de la defensa.

A su turno, el Fiscal de Juicio, Mario Néstor Zudaire, informó a la jueza el acuerdo arribado por las partes para finalizar el proceso mediante juicio abreviado.

En ambas causas, los acusados reconocieron su autoría en los hechos y aceptaron la imposición de una pena de prisión en suspenso.

Como circunstancias atenuantes, el fiscal consideró que ninguno de los imputados poseía antecedentes penales computables.

Respecto de los agravantes, señaló que en la causa por abigeato debía tenerse en cuenta la forma de comisión del delito y el aprovechamiento de la ancianidad de la víctima. Mientras que, en la causa por amenazas, el agravamiento de la condena estaba dado por la naturaleza de la acción, el medio empleado para ejecutarla y la extensión del daño causado.

En representación de los particulares damnificados, actuó el abogado Miguel Ángel Orozco; quien, pese a no oponerse a lo convenido por la fiscalía y la defensa, dejó en claro el nivel de peligrosidad de los acusados, “porque para lograr la impunidad en la causa del abigeato, es que se deciden a atacar a un oficial público. Vale decir que ninguna consideración habrán de tener al momento de cometer un delito contra un ciudadano común”, sostuvo.

Por esa razón, solicitó el dictado de una prohibición de acercamiento en favor del policía perjudicado y su familia, como así también, peticionó que los imputados se abstengan de acercarse a la vivienda donde éstos residen.

Luego de escuchar los requerimientos de las partes, la Dra. Uccello resolvió homologar el acuerdo de juicio abreviado, dictando en consecuencia el siguiente veredicto:

Declarar a A.V.L. y M.A.L. culpables como autores materiales y penalmente responsables del delito de abigeato, condenándolos a sufrir la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso, accesorias de ley y costas procesales.

Declarar a D.I.L. culpable como autor material y penalmente responsable de los delitos de abigeato y amenazas calificadas por el uso de arma blanca, condenándolo a sufrir la pena de tres años de prisión en suspenso, accesorias legales y costas del juicio.

Asimismo, los ahora condenados deberán mantenerse a una distancia no menor a 50 metros del policía y su familia directa, y a 20 metros del domicilio donde éstos residen, además de evitar cualquier tipo de contacto, ya sea de manera telefónica, a través de redes sociales o por cualquier otro medio electrónico.

Finalmente, la magistrada les hizo saber expresamente que, en caso de delinquir nuevamente o bien, ante el incumplimiento de las pautas de conducta fijadas, se revocará la ejecución condicional de la condena dispuesta, transformándose en prisión de cumplimiento efectivo.

“Resulta necesario que los condenados sepan que lo acordado entre las partes y homologado por este tribunal, es una verdadera condena y no un ‘perdón de la pena’. Los encartados han sido condenados con pena de prisión. Prisión que se deja en suspenso solamente en cuanto a su ejecución, bajo la condición de estricto cumplimiento de las reglas de conducta impuestas y de no cometer nuevos delitos dentro del plazo que establece el Código Penal”remarcó.

 

 

Fuente: Prensa Judicial 3° Circunscripción.

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