JUSTO DARACT: UN HOMBRE FUE IMPUTADO POR VIOLENCIA DE GÉNERO

JUSTO DARACT: UN HOMBRE FUE IMPUTADO POR VIOLENCIA DE GÉNERO

Además, deberá cumplir por el término de cuatro meses con una prohibición de acercamiento, firmar el libro de presencia en la fiscalía  y  comenzar con un acompañamiento psicológico.

 

Ayer, en el Juzgado de Garantía Nº 3 se celebró una audiencia  en donde se imputó a un hombre por violencia de género. La misma, la dirigió la Dra. Mirta Ucelay de Garciarena con la asistencia de la Dra. Natalia Pereyra Cardini, secretaria.

En representación del Ministerio Público Fiscal intervinieron el Dr. Leandro Estrada –Fiscal de Instrucción- y la Dra. Andrea Aguilar –Fiscal Adjunta-. Como defensa del imputado, intervino el Dr. Pedro Castro.

La fiscalía formuló cargos a un hombre por el delito de lesiones leves doblemente calificadas, es decir, por dos agravantes: por haber mediado una relación de pareja con la denunciante y por mediar violencia de género.

En el relato de los hechos, la Dra. Aguilar expresó que el pasado 7 de noviembre se produjo un episodio de violencia en donde el imputado agredió físicamente a su ex pareja. Asimismo, mencionó las evidencias y las pruebas que se han recabado durante toda la investigación hasta el momento (denuncia, entrevistas, muestras fotográficas de lesiones, informe de valoración de riesgo, etc).

Además mencionó que el 10 de noviembre pasado se ordenó la detención y el pedido de captura, el imputado estuvo prófugo hasta que se presentó ayer de manera espontánea ante la fiscal.

Por su parte, la defensa se opuso a la calificación legal solicitada por fiscalía, manifestó, entre otras cuestiones que se trató de un hecho aislado y que no existía en ese momento una relación de subordinación de su defendido respecto a la denunciante. Cabe mencionar que el hombre declaró en esta oportunidad y respondió a preguntas de fiscalía.

En relación a la medida de coerción, la fiscalía solicitó la prisión preventiva por el término de 4 meses. El Dr. Leandro Estrada fundamentó el pedido en el peligro de fuga y en la intención de no ponerse a disposición de la justicia -atento a que el imputado estuvo prófugo- y el peligro para la víctima.

El defensor solicitó la inmediata libertad, y la imposición de otras medidas. Expresó que su defendido no fue notificado de la orden de detención, por lo que no estaba prófugo.

La Dra. Ucelay resolvió formular cargos provisorios por el delito de lesiones leves doblemente calificadas por haber mediado relación de pareja en contexto de violencia de género.

En relación a la medida, la magistrada consideró  entre otras cuestiones, la pena prevista para el delito de lesiones leves y ordenó: no hacer lugar a la prisión preventiva y ordenar la libertad, una prohibición de acercamiento física y por cualquier medio y en forma recíproca entre denunciado y denunciante a una distancia de 200 metros –inter se complete la prueba faltante-, firmar el libro de presencia del 1 al 10 de cada mes, iniciar acompañamiento psicológico y acreditar el mismo.

Fuente: Prensa Judicial Villa Mercedes

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