FUERO CIVIL: COMENZARON A FUNCIONAR LAS OFICINAS DE GESTIÓN UNIFICADA

FUERO CIVIL: COMENZARON A FUNCIONAR LAS OFICINAS DE GESTIÓN UNIFICADA

En la primera y en la segunda circunscripción judicial. Prestan servicio común de tramitación judicial y administrativa a todos los Jueces del mismo grado, fuero y asiento.

 

Tal como estaba previsto en el Acuerdo Nº 64/2023 del Superior Tribunal de Justicia, comenzaron a funcionar en la primera y en la segunda circunscripción judicial las Oficinas de Gestión Unificada (OGU) en los Juzgados en lo Civil, Comercial y  Ambiental.

Estas oficinas prestan servicio común de tramitación judicial y administrativa a todos los Jueces del mismo grado, fuero y asiento. En la misma se agrupan los secretarios, prosecretarios y personal administrativo, según las siguientes áreas:  Atención, Ingreso y Egreso; Despacho, con sub áreas especializadas;  Comunicaciones; Audiencias;  Relatoría.

En ambas circunscripciones se han realizado modificaciones edilicias a fin de adaptar los espacios, de acuerdo a esta nueva organización.

Cabe mencionar que los cambios previstos en el fuero civil procuran aunar criterios de uniformidad de las providencias para la tramitación y ordenación del proceso y que se dan en marco de la reforma judicial que se lleva a cabo en toda la provincia de San Luis.

 

ARTÍCULO 96 – LEY ORGÁNICA DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Cada Oficina de Gestión Unificada prestará servicio común de tramitación judicial y administrativa a todos los Jueces del mismo grado, fuero y asiento, o a todas las salas de la misma Cámara de Apelaciones. En la misma se agruparán los Secretarios de Primera Instancia o de Segunda Instancia según corresponda, Prosecretarios y personal administrativo, conforme a los cargos asignados por Ley de Presupuesto, y se determine por Acuerdo del Superior Tribunal de Justicia, según las siguientes áreas: a) Atención, Ingreso y Egreso; b) Despacho, con sub áreas especializadas; c) Comunicaciones; d) Audiencias; e) Relatoría. Los juzgados únicos por fuero o asiento, para la tramitación judicial y administrativa de los asuntos de su competencia, tendrán una o más Secretarías, conforme a los cargos asignados por Ley de Presupuesto, según lo disponga el Superior Tribunal de Justicia, quien podrá en caso de usar esta facultad, disponer también la distribución de causas o expedientes en trámite.

 

Fuente: Prensa Judicial Villa Mercedes.

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