Roque Lucero, el abuelo paterno de Guadalupe Lucero, la niña que hace más de cinco años desapareció de San Luis, fue enviado al Servicio Penitenciario por los siguientes 45 días. En un principio había crecido la especulación acerca de por qué fue arrestado el domingo. Había trascendido que fue por una causa de abuso sexual hacia un niño, amén de que ya estaba imputado por otro presunto ataque sexual a una niña con discapacidad. Pero, finalmente, a la hora de formularle los cargos, la fiscalía de Género 2 reveló que la aprehensión no se debió a ninguna de las anteriores denuncias, sino por una tercera en cuestión. Las fiscales detallaron que existe evidencia suficiente para sostener que recientemente el hombre se bajó se desvistió y comenzó a masturbarse ante los gélidos ojos de una criatura. Por todo eso, el Ministerio Público Fiscal (MPF) solicitó la prisión preventiva para él y el juez Juan Manuel Montiveros Chada hizo lugar al pedido.
La fiscal instructora Antonella Córdoba y su adjunta Mercedes García, en realidad, habían requerido el encarcelamiento preventivo por tres meses. Fundamentaron tal planteo, por un lado, en el hecho de que a Lucero ya le pesa una imputación por un delito más gravoso: el “abuso sexual con sometimiento gravemente ultrajante en perjuicio de una niña con discapacidad intelectual”. Y, por otro lado, en la posibilidad de que si continúa en libertad podría entorpecer las medidas pendientes en la vigente causa por exhibiciones obscenas, tales como una entrevista más a la víctima y la realización de otra Cámara Gesell.
Soledad Poma de Otaegui, la abogada que representa a la familia de Guadalupe, trató de reforzar tal solicitud señalando la posible existencia de otra damnificada. En tanto, el defensor Héctor Zavala Agüero la contrarrestó pidiendo directamente la nulidad de la audiencia porque, según él, no habían respetado el principio de oralidad y cuestionó, además, la falta de claridad en algunos aspectos de la exposición hecha por el MPF. Se opuso a la prisión preventiva y subrayó que su cliente respetó las medidas restrictivas que le habían impuesto en la causa por abuso sexual, además de que, cada vez que lo citaron, siempre compareció al llamado de la Justicia.
A la hora de resolver, el juez de Garantías rechazó el planteo de nulidad, consideró que hay pruebas suficientes para imputarlo por “exhibiciones obscenas agravadas por la edad de la víctima” y, aunque estuvo de acuerdo con su encarcelamiento preventivo , entendió que tres meses de encierro resultarían desproporcionados atento al tipo de delito. Por eso dictaminó para Lucero solo la mitad de ese tiempo en la cárcel.
El resultado de la Cámara Gesell y otros elementos probatorios, les permitieron a las fiscales reconstruir que todo ocurrió cuando la nena jugaba con dos primos, en la vereda de un domicilio ubicado cerca de un negocio que atendía su madre. En un determinado momento, los otros chiquitos entraron a una casa a buscar unos juguetes y la pequeña quedó sola. En ese instante, refirieron Córdoba y García, el abuelo de Guadalupe abrió la ventana de una habitación de su vivienda, se bajó el pantalón y también su ropa interior, para mostrarle a la criatura sus genitales y tocárselos.
Lo que hizo el imputado no fue un hecho aislado, sino que ya lo había hecho antes, sostuvo la fiscalía. “La niña contó inicialmente lo sucedido a otra menor de su entorno familiar y posteriormente el hecho llegó a conocimiento de los adultos”, repasaron las representantes del MPF.
