El Juzgado Federal N°1 de Rosario decidió no hacer lugar a la medida cautelar solicitada por una de las empresas y respaldó la posición oficial.
Irregularidad sistémica
La Aduana comprendió que dicho comportamiento demuestra un comportamiento sistémico de estas exportadoras que, ya vencidos los plazos legales correspondientes, no efectúan el debido ingreso de divisas afectando gravemente las reservas del BCRA. Además, continúan realizando operaciones de exportación por sumas relevantes, lo que también genera competencia desleal en cada uno de los rubros que operan.
Aval de la justicia
Recientemente, la Justicia Federal respaldó el accionar de la Aduana en la causa iniciada por la empresa entrerriana EL CERCO SRL, que presentó una acción de amparo contra la ADUANA-AFIP para que se declare la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la INSTRUCCIÓN GENERAL N.º 7/2022 DGA. Sin embargo, y avalando la posición de la Aduana, el Juzgado Federal N°1 de Rosario decidió no hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la empresa, respaldando la posición oficial.
Normativa
Por otra parte, la Aduana dicto la IG 07/2022 (DGA) estableciendo pautas a seguir en aquellos casos en que los exportadores no efectúen el ingreso oportuno de divisas estableciendo que, si se verificase el efectivo incumplimiento, el agente a cargo del registro intimará al exportador para que, dentro del plazo de 10 días, proceda a liquidar las divisas correspondientes o a garantizar su ingreso (seguro de caución) o, de no cumplirse con estos requisitos, la suspensión como Exportador del Registro de Aduana.
Fuente: ámbito.