LA PUNTA: LO CONDENARON A CUATRO AÑOS Y OCHO MESES DE PRISIÓN POR ROBO Y TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO

LA PUNTA: LO CONDENARON A CUATRO AÑOS Y OCHO MESES DE PRISIÓN POR ROBO Y TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO

El Colegio de Jueces, en su integración unipersonal a cargo de la jueza María Eugenia Zabala Chacur, hizo lugar a un acuerdo de juicio abreviado presentado por la Fiscalía y la defensa del acusado, y condenó a Felipe Escoto Alves Cavalcante a 4 años y ocho meses de prisión por resultar autor de los delitos de robo calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha podido tenerse de ningún modo por acreditada y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil condicional.

Los hechos imputados a Cavalcante ocurrieron en 2021. El primero fue el 26 de agosto a las 19:40 horas aproximadamente en la “Farmacia Serrana” ubicada en la ciudad de La Punta. Allí, con una pistola Bersa calibre 40 modelo Thunder, amedrentó a una mujer que trabajaba en el local comercial situado en el Módulo 13 y se llevó tres teléfonos celulares, perfumes, pulseras de acero quirúrgico, aros de plata y otros elementos.

“Ante la falta de recaudación las obligó a permanecer en el fondo del local mientras el mismo se apoderó de los elementos que fueran antes descriptos. Que una vez logrado dicho acometimiento salió del lugar y abordó un vehículo marca Fiat modelo Cronos que era conducido por una persona cuya identidad no ha podido tenerse por acreditada”, detalló el fiscal Esteban Roche en su acusación.

El segundo hecho sucedió el 10 de septiembre y estuvo vinculado con la tenencia por parte del imputado de un arma de fuego tipo pistola marca Bersa calibre 40 modelo Thunder, con cargador Bersa para 13 cartuchos con 7 cartuchos calibre 40 marca SW en su interior. Dichos elementos fueron secuestrados del interior del domicilio de Escoto.

El procedimiento abreviado constituye uno de los métodos alternativos a la realización del juicio oral que permite obtener el dictado de una sentencia con mayor celeridad o dentro de los parámetros del plazo razonable en base al consenso de las partes respecto de la existencia del hecho, la calificación legal del mismo y la pena o consecuencia jurídica que pesará sobre el imputado. Consenso que se sustenta en la prueba que previamente colectada y controlada por la defensa le permite al Ministerio Público Fiscal sostener la acusación.

Escoto, de 39 años y nacionalidad brasilera, reconoció los hechos y en la audiencia celebrada el 23 de marzo pasado, pidió disculpas a las víctimas del robo.

Fuente: Periódico Judicial de la Provincia de San Luis.

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